CORTE IDH JUZGARÁ AL PERÚ POR PONER EN RIESGO A PUEBLO MASHCO PIRO
La Corte Interamericana de Derechos Humanos inició audiencias contra el Estado peruano por otorgar concesiones madereras que amenazan la supervivencia y el territorio ancestral del pueblo indígena Mashco Piro en aislamiento voluntario.

El 24 y 25 de septiembre de 2026, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) celebró una audiencia pública en Montevideo, Uruguay, en el marco del proceso judicial internacional contra el Estado peruano por poner en riesgo la supervivencia e integridad del pueblo indígena Mashco Piro. La demanda, interpuesta por la Federación Nativa del Río Madre de Dios y Afluentes (FENAMAD) y la organización EarthRights International, cuestiona el otorgamiento de concesiones madereras y la presencia de actividades extractivas dentro del territorio habitado por esta población en aislamiento voluntario en la Amazonía peruana. El juicio reviste una trascendental importancia histórica al ser la primera vez que el tribunal interamericano juzga al Perú por la expansión extractiva sobre el territorio de Pueblos Indígenas en Situación de Aislamiento y Contacto Inicial (PIACI).
Los hechos que originaron el proceso judicial se remontan a más de dos décadas de reclamos impulsados por FENAMAD ante la deforestación, la tala ilegal y el avance de las concesiones forestales en la región de Madre de Dios. Tras archivarse de forma definitiva un recurso de amparo interpuesto en las instancias judiciales del Perú, la organización indígena acudió en defensa del pueblo Mashco Piro ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), instancia que admitió el caso en el año 2022. Ante el incumplimiento de las recomendaciones y medidas cautelares por parte del Gobierno peruano, el expediente fue elevado a la Corte IDH en 2024.
Durante las audiencias públicas en Montevideo, representantes de comunidades nativas de Madre de Dios y peritos especializados expusieron ante los jueces los riesgos que enfrenta esta comunidad nómade. Alfredo Vargas Pio, presidente de FENAMAD, calificó la cita como un hito histórico para la defensa de la libre determinación de los pueblos no contactados. Por su parte, Juliana Bravo Valencia, representante de EarthRights International, sostuvo que el Estado peruano ha privilegiado las concesiones comerciales argumentando la "seguridad jurídica" de las empresas, omitiendo sus obligaciones internacionales de salvaguardar el territorio ancestral y el principio de no contacto. Asimismo, la representación estatal del Perú participó a través de la Procuraduría Supranacional para presentar sus alegatos por escrito.
El pueblo Mashco Piro es una comunidad nómade que habita entre las cuencas de los ríos Purús, Las Piedras y Manu, cuyos ancestros se internaron en la selva profunda para huir de la explotación brutal durante la fiebre del caucho. Aunque el Estado peruano reconoció a la comunidad en 2014 y creó las reservas territoriales correspondientes, la CIDH advirtió que la Ley 28736 permite la delimitación transitoria y el otorgamiento de concesiones de recursos naturales en territorios de los PIACI. Esta falta de titulación integral ha derivado en el solapamiento de actividades madereras e hidrocarburíferas, elevando el peligro de contactos forzados y la transmisión de agentes infecciosos para los cuales esta población carece de defensas inmunológicas.
En la actualidad, tras la culminación de las audiencias públicas en Montevideo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos se alista para evaluar los testimonios y peritajes con el fin de emitir una sentencia sobre la responsabilidad internacional del Estado peruano. Las organizaciones demandantes solicitaron al tribunal que ordene la revocación de las concesiones madereras en la zona, la ampliación de la Reserva Territorial Madre de Dios y la implementación urgente de cordones sanitarios efectivos para garantizar la vida del pueblo Mashco Piro.




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