top of page

JEE INICIA PROCEDIMIENTO SANCIONADOR CONTRA RENOVACIÓN POPULAR Y RAFAEL LÓPEZ ALIAGA

hace 45 minutos
3 min de lectura

El Jurado Electoral Especial de Lima Centro abrió un proceso sancionador contra el partido Renovación Popular y Rafael López Aliaga por presunta vulneración del principio de veracidad en la propaganda electoral detectada en el distrito de Breña.


Foto: Peru21
Foto: Peru21

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro dispuso iniciar un procedimiento sancionador contra la organización política Renovación Popular y su candidato a primer regidor provincial, Rafael López Aliaga, por una presunta vulneración al principio de veracidad establecido en la Ley de Organizaciones Políticas. La medida se formalizó mediante la Resolución N.° 06519-2026-JEE-LICN/JNE, dictada el 11 de septiembre de 2026, luego de que un informe de fiscalización detectara propaganda electoral en el distrito de Breña que presentaba a López Aliaga bajo la condición de "alcalde de Lima". El caso reviste alta trascendencia pública al buscar proteger la transparencia del proceso electoral y evitar que los votantes sean inducidos a error sobre los cargos en los que formalmente compiten los postulantes.


Las actuaciones de fiscalización se originaron el 8 de septiembre de 2026, cuando inspectores del Jurado Nacional de Elecciones recorrieron diversas vías del distrito de Breña. En el lugar, las autoridades identificaron una pinta en la fachada de un predio privado situado en la avenida Arica con frases alusivas a la agrupación política, entre ellas "¡Porky vuelve!" y "Porky ¡vuelve! alcalde de Lima". Asimismo, registraron un panel publicitario en el cruce de la avenida Arica con el jirón Breña que exhibía las imágenes de Luis Rubio y Rafael López Aliaga, consignando expresamente el rótulo "alcalde de Lima" debajo de este último.


Tras la sistematización de las evidencias fotográficas, el informe de fiscalización concluyó que la propaganda resultaba engañosa. El órgano electoral advirtió que López Aliaga se encuentra formalmente inscrito como candidato a Regidor Provincial 1 de la lista municipal de Renovación Popular, por lo que existe una discordancia entre su registro oficial y la presentación pública ejercida en los elementos de difusión. De acuerdo con el principio de veracidad regulado por la Ley de Organizaciones Políticas, la propaganda electoral tiene prohibido inducir al electorado a decisiones basadas en datos falsos o erróneos. No obstante, el colegiado precisó en su resolución que la apertura del procedimiento no constituye un adelanto de opinión ni determina de manera anticipada la existencia de una infracción o responsabilidad administrativa.


El cuestionamiento a la propaganda electoral ocurre en medio de la controversia política sobre la conformación del debate municipal programado para el 21 de septiembre de 2026. El postulante de Somos Perú, Carlos Bruce, calificó de "inconstitucional" la eventual participación de López Aliaga en la jornada de debate si acude en calidad de candidato a primer regidor, sosteniendo que el encuentro debe reservarse exclusivamente para quienes compiten de forma directa por la alcaldía. Por su parte, el director de Educación del JNE, Marco Vilela, aclaró que los partidos políticos acordaron extender la invitación al candidato o regidor que quede formalmente habilitado para asumir la alcaldía en caso de victoria. Cabe precisar que López Aliaga ejerció como alcalde de Lima en el periodo 2023-2026 antes de dimitir para postular a la presidencia en 2025 y posteriormente al Senado, escaño al que renunció para retornar a la contienda por la Municipalidad Metropolitana de Lima tras la dimisión de Luis Rubio a la candidatura principal.


En la actualidad, el procedimiento sancionador se encuentra en trámite administrativo ante el JEE de Lima Centro. La resolución concede el marco legal para que Renovación Popular y Rafael López Aliaga ejerzan su derecho de defensa y formulen los descargos correspondientes. Una vez evaluados los argumentos y los medios probatorios de las partes, la autoridad electoral emitirá un pronunciamiento definitivo sobre si corresponde aplicar las sanciones contempladas en la legislación electoral.

Comentarios


bottom of page